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Requisitos para abrir una gasolinera

Requisitos para abrir una  gasolinera

Requisitos para abrir una  gasolinera 

 Abrir una estación de servicio ó una gasolinera, no requiere de ninguna concesión por parte del Estado, pero supone un proceso largo y tedioso, en el cual, la empresa emprendedora, aunque puede tratarse tanto de una empresa como de un autónomo, debe de estar al frente de autorizaciones, certificados, licencias y permisos previos, para llevar a cabo la correcta apertura de dicha instalación.

En realidad, la distribución al por menos de carburante, puede ser realizada por una persona física ó jurídica.

  

Para abrir una estación de servicio se han de seguir las siguientes instrucciones. Lo primero de todo es hacer un planteamiento de proyecto de dicha estación de servicio, es decir, de cuantos surtidores constará, si tendrá tienda o no, túnel de lavado, capacidad de almacenamiento de carburante y demás. Plantear bien un proyecto, nos puede ayudar bastante de cara a un futuro no muy lejano.

Tras este planteamiento, se ha de consultar a la Dirección General de Carreteras sobre si el proyecto es viable o no, es decir, si existe algún impedimento para realizar nuestro proyecto en la zona seleccionada. Ante dicha institución, presentaremos nuestro proyecto, y se deben de conocer las características de dicho proyecto para obtener toda la información necesaria sobre los requisitos jurídicos y técnicos que se han de aplicar la realización de la estación de servicio ó gasolinera.

Para llevar a cabo nuestro proyecto, se han de solicitar varias licencias y realizar un proyecto de obra previo, el cual, debe de estar desarrollado por un profesional técnico competente en la materia y visado en el correspondiente Colegio profesional. Este proyecto, debe de contener, por ejemplo, la situación de las instalaciones, iluminación, drenaje y demás.

En cuanto a las solicitudes, se han de obtener, la Solicitud de la Licencia de Obras Mayores en el Ayuntamiento de la localidad donde se quiere construir la gasolinera. Solicitud de la Licencia de Apertura en el Ayuntamiento. Dicha solicitud, al tratarse de una Licencia de actividad calificada como nociva, peligrosa e insalubre la solicitud es revisada por la Comisión Provincial de Actividades Calificadas.

Por otro lado tenemos la Solicitud de autorización para instalación total o parcial en el dominio público o acceso a la carretera, dicha solicitud ha de contener la identificación del dueño; propiedad o el derecho que se tiene sobre los terrenos en los que se va a ubicar la gasolinera; las obras e instalaciones que se quieren construir; y los límites de la propiedad y de la construcción. A la hora de presentar esta solicitud, ha de ir acompañada de toda la documentación necesaria, que acredite lo expuesto en la solicitud.

Una vez que la Dirección General de Carreteras tiene en su poder todos los documentos, se abre un expediente y lo somete a información pública, mediante su publicación en el Boletín Oficial de la provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento correspondiente, es decir, la información del expediente se hace pública.

Si la documentación presentada, cumple con todos los requisitos que establece la DGC, se le otorga el permiso de forma provisional al peticionario. Una vez comunicada la aprobación de su solicitud, el peticionario tiene un plazo de 15 días para aceptar la autorización provisional.  Una vez que lo hace, se concede la autorización definitiva, tras esto el peticionario puede comenzar las obras. Dichas obras, tienen un plazo máximo de ejecución, es decir, las obras no pueden estar años realizándose, tienen un plazo máximo de 18 meses de duración. Diez días antes del inicio de las obras el interesado deberá solicitar a la Dirección General el Acta de conformidad de inicio de obra.

En definitiva, el proceso para abrir una estación de servicio es largo teniendo en cuenta la cantidad de documentación que hay que preparar para complementar las solicitudes que hay que presentar y esperar a ser aprobadas. En el siguiente artículo, Requisitos para abrir una estación de servicio ó gasolinera (Parte II), concluiremos esta pequeña guía sobre solicitudes, autorizaciones y actas que nos llevarán a la apertura de una gasolinera.

Una vez hemos visto los diferentes puntos a tener en cuenta para iniciar el proceso de apertura y demás pasos que siguen, llegamos cada vez más cerca de la terminación de la obra.

Una vez llegados a este punto, la Dirección General de Carreteras ha de otorgarnos, el Acta de conformidad de terminación de Obra. Dicha acta, se nos será entregada cuando la obra haya finalizado y, como muy tarde, 10 días antes de la apertura de nuestro establecimiento. La persona responsable del proyecto, deberá avisar de nuevo a la Dirección General para que expida el Acta de conformidad de terminación de obra. Esto quiere decir, que los accesos a la gasolinera ya pueden ser utilizados por el público.

Tras esto, se ha de conseguir la Autorización de instalación de venta al público, en el Registro del Servicio Territorial de la comunidad autónoma en la que esté ubicada la estación de servicio o gasolinera. Para ello en la solicitud deberá acreditar: la personalidad del solicitante; la ubicación de la instalación; la propiedad, arrendamiento; y la posesión de las licencias y autorizaciones municipales y de carreteras.

También se debe de describir la instalación y garantizar, para un periodo mínimo de 3 años, el suministro de productos petrolíferos, mediante la presentación de los contratos establecidos con la empresa suministradora.

Otro de los pasos a seguir consiste en dar de alta los registros del depósito. Para ello el empresario, deberá presentar la siguiente documentación: Impreso de solicitud (SOLIIP04); Identificación del titular o de su representante; proyecto EL-2 de la instalación firmado y visado; Certificado final de la instalación (CERFIN04); autorización para tramitar y recibir notificaciones (AUTNOT); Libro registro de revisiones y reparaciones ; impreso de solicitud de Registro Industrial (SOLINDUS); hojas de datos técnicos y económicos (DATTECNI); hojas de datos complementarios (DATCOMPL); y Certificado general (CGE).

Por último, el titular de la estación, deberá solicitar los siguientes documentos: Alta como productor de residuos; Certificaciones de los elementos que conforman la gasolinera (tanques, surtidores, etcétera), Licencia de apertura en el Ayuntamiento, la contratación de suministros (agua, luz, gas, telefonía…), y el Alta en el Registro General de Comerciantes y de Comercio de comerciantes sedentarios (AD50).

Una vez obtengamos todos estos permisos y autorizaciones, estamos legalmente capacitados para dar como operativa nuestra estación de servicio. En el año 2013, el gobierno facilitó los trámites burocráticos para poder abrir una estación de servicio. Esta acción se llevó a cabo para frenar la subida del precio de los carburantes, a la vez que se Incentivó la apertura de nuevas gasolineras. Además, el Gobierno optó por limitar la duración de los contratos en exclusiva entre petroleras y estaciones de servicio a un máximo de un año, prorrogable por otros tres si así lo decide el dueño de la gasolinera.

Para facilitar la instalación de nuevas gasolineras, se eliminaron barreras administrativas y se simplificaron los trámites de la apertura de instalaciones de suministro minorista de carburantes para fomentar la entrada de nuevos operadores, ya que un estudio reciente de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) aseguraba que sólo tres petroleras (Repsol, Cepsa y en menor medida BP) son los operadores con más relevancia en el territorio nacional.

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